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Responsabilidad Civil Profesional

Seguro que indemniza pérdidas a terceros por errores u omisiones en la prestación del servicio profesional asegurado y cubre gastos de defensa dentro del límite asegurado.

Coberturas básicas

Responsabilidad civil profesional por pérdidas causadas a terceros por errores u omisiones en los servicios profesionales asegurados, incluyendo contratistas y subcontratistas bajo control y supervisión del asegurado.
Gastos de defensa (judiciales y extrajudiciales) necesarios y razonables para atender reclamaciones cubiertas, como parte del límite asegurado.
Difamación: calumnia o injuria involuntaria cometida en el ejercicio del servicio profesional asegurado, siempre que no derive en responsabilidad penal.
Pérdida de documentos de terceros bajo custodia del asegurado: costos razonables para reemplazo o restauración, bajo condiciones específicas.
Coberturas opcionales: Deshonestidad de empleados (fraude o infidelidad) e Infracción a la propiedad intelectual cometida en el ejercicio del servicio profesional asegurado.
Gastos de defensa ante tribunal disciplinario (reembolso hasta el límite y con aprobación previa de la aseguradora).

Beneficios clave

  • Pago de la indemnización dentro del mes siguiente a la acreditación del siniestro.
  • Posibilidad de contratar un período adicional de notificación cuando el seguro termine, se revoque o no se renueve por razones diferentes al no pago.
  • Cobertura de gastos de defensa como parte integrante del límite asegurado.
  • Subrogación: una vez indemniza, la aseguradora se subroga en los derechos del asegurado frente a los responsables.

Exclusiones comunes

  • Ejercer la actividad profesional sin habilitación legal.
  • Actos dolosos del asegurado.
  • Lesiones personales y daños materiales (RC extracontractual).
  • Multas, sanciones, daños punitivos u otros de naturaleza similar.
  • Violación de obligaciones emitidas por autoridad competente.
  • Daños por contaminación; asbesto/amianto; hongos/espora; dioxinas.
  • Daños a/o por aeronaves o aeromodelos.
  • Desaparición, daño u hurto de bienes bajo cuidado, control o custodia (salvo la cobertura específica de pérdida de documentos).
  • Responsabilidad penal (excepto gastos de defensa cuando la reclamación derive de un hecho amparado).
  • Manejo de datos sensibles o información personal o confidencial.
  • Pérdida o afectación de sistemas informáticos, hardware, software, datos, microchips o dispositivos similares.
  • Aceptación de responsabilidad, conciliación o transacción sin autorización previa de la aseguradora.
  • Hechos ocurridos fuera de la vigencia o fuera de la fecha de retroactividad.
  • Daños en ejercicio de actividad profesional distinta a la asegurada.
  • Incorrectas prácticas laborales.
  • Actos realizados como miembro de junta directiva o alto ejecutivo.
  • Reclamos anteriores o basados en hechos/circunstancias preexistentes o previsibles antes del inicio de la vigencia.
  • Incumplimiento o apropiación indebida de licencias de patentes o secretos comerciales.
  • Reclamos entre asegurados.
  • Violación de propiedad intelectual (excepto si se contrata la cobertura opcional).
  • Competencia desleal.
  • Reclamaciones de gobierno/organismos de control relacionadas con la actividad profesional, salvo cuando busquen recomponer el patrimonio de un tercero afectado.
  • Contenido en Internet publicado o difundido sin conocimiento previo del contenido o fuente por parte del asegurado.

¿A quién va dirigido?

Profesionales y empresas que prestan servicios a terceros.
Entidades tomadoras que desarrollan el servicio profesional asegurado.

Requisitos para cotizar

1
Pago de la prima dentro de los 30 días siguientes al inicio de la cobertura.
2
Definición en condiciones particulares del servicio profesional asegurado y de la fecha de retroactividad.
3
Aprobación previa de la aseguradora para el reembolso de gastos de defensa y para coberturas sublimitadas cuando aplique.

Preguntas frecuentes

¿La cobertura incluye gastos de defensa?

Sí, los gastos de defensa judicial y extrajudicial están cubiertos como parte del límite asegurado, siempre que la reclamación esté amparada por el seguro y cuente con autorización previa de la aseguradora.

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