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Seguro de Vida Deudor

Seguro que protege al deudor y a su familia cancelando el saldo pendiente de la obligación financiera en caso de fallecimiento, incapacidad total y permanente o enfermedades graves, evitando que la deuda sea heredada.

Coberturas básicas

Fallecimiento por cualquier causa (incluye suicidio y homicidio)
Incapacidad total y permanente por enfermedad o accidente
Enfermedades graves (cáncer, infarto, insuficiencia renal, ACV, Alzheimer, Parkinson, entre otras)
Auxilio por fallecimiento para gastos exequiales
Pago del saldo insoluto de la deuda al beneficiario oneroso (entidad financiera)
Cobertura para uno o varios deudores asegurados
Incremento anual del valor asegurado según porcentaje contratado

Beneficios clave

  • Tu familia no hereda la deuda
  • Pago directo del saldo del crédito a la entidad financiera
  • Protección del patrimonio familiar
  • Cobertura desde el primer día de vigencia
  • Renovación automática anual mientras exista la deuda
  • Auxilio económico adicional para gastos funerarios
  • Aplicable a créditos hipotecarios, de vehículo, consumo y comerciales
  • Cobertura por enfermedad y por accidente
  • Indemnización dentro del mes siguiente a la acreditación del siniestro

Exclusiones comunes

  • Incapacidad iniciada antes del inicio de vigencia del seguro
  • Eventos derivados de guerra, rebelión, terrorismo o motines
  • Eventos causados por actividades terroristas atómicas, biológicas o químicas
  • Desastres naturales extremos como terremotos o erupciones volcánicas
  • Enfermedades graves diagnosticadas antes del inicio del amparo
  • SIDA/VIH para el amparo de enfermedades graves
  • Lesiones autoinfligidas aun en estado de alteración mental
  • Alcoholismo y drogadicción no prescrita médicamente
  • Accidentes cerebrovasculares transitorios sin secuelas
  • Mora en el pago de la prima
  • Falsedad u omisión en la declaración de asegurabilidad
  • Eventos ocurridos fuera de la vigencia de la póliza

¿A quién va dirigido?

Personas con créditos hipotecarios
Deudores de créditos de vehículo
Clientes de créditos de consumo
Personas con microcréditos
Personas con créditos empresariales o comerciales
Quienes desean proteger a su familia de deudas financieras

Requisitos para cotizar

1
Documento de identidad
2
Vinculación a una entidad financiera
3
Solicitud individual de asegurabilidad
4
Edad mínima de 18 años
5
Edad máxima de ingreso según amparo contratado

Preguntas frecuentes

¿Qué cubre el Seguro de Vida Deudor?

Cubre el fallecimiento por cualquier causa, la incapacidad total y permanente y ciertas enfermedades graves, pagando el saldo de la deuda a la entidad financiera.

¿El seguro paga directamente al banco?

Sí. La entidad financiera figura como beneficiario oneroso y recibe directamente el valor correspondiente al saldo de la deuda.

¿Mi familia queda libre de la deuda?

Sí. Una vez la aseguradora paga el saldo correspondiente al banco, la deuda queda extinguida y no se traslada a los herederos.

¿El seguro cubre enfermedades graves?

Sí. Cubre, entre otras, cáncer, infarto, insuficiencia renal, accidente cerebrovascular, Alzheimer y Parkinson, siempre que sean diagnosticadas por primera vez.

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